FUNDACIÓN VISIÓN: ¿QUIÉNES SOMOS?

La Fundación tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad operativa desde que fué constituida legalmente por duración ilimitada el 29 de Agosto de 1.973. Sin otras limitaciones que las que impongan expresamente las leyes en vigor.

La Fundación Privada Visión está actualmente inscrita en el Registro de Fundaciones de la Generalitat de Catalunya.

Nos regimos por las normas legales y reglamentarias que son de aplicación específicas dictadas por la Generalitat de Catalunya y por las  que establecen los estatutos de la propia Fundación.

 

La labor de Fundación Visión ha sido reconocida por Creu Roja con el Premi Humanitat en junio de 2024.

MEJORANDO MIRADAS, CAMBIANDO VIDAS

FINALIDADES Y ÁMBITOS DE ACTUACIÓN

Podrán ser objeto de ayuda por parte de la Fundación, las instituciones, universidades, departamentos de óptica u otras entidades vinculadas especialmente a la óptica oftálmica para que desarrollen sus misiones específicas, pedagógicas o sociales.

Igualmente las ayudas se pueden realizar a personas físicas con necesidades económicas.

El Patronato que rige la Fundación, a su conciencia podrá promover cualquier tipo de acciones de ayuda sin ninguna limitación.

COLABORANDO EN LA ESPERANZA, AYUDANDO EL PRESENTE

BENEFICIARIOS

La Fundación tiene como objetivo principal la prestación de ayuda a las personas con carencias visuales y que no dispongan de los medios económicos adecuados.

Los beneficiarios de la Fundación podrá ser cualquier persona o entidad sin ser discriminadas por sexo, etnia, religión, edad o país.

En las ayudas a entidades tendrán preferencia las relacionadas con la visión. Las prestaciones se otorgarán por el Patronato a las instituciones o personas que a su conciencia estime oportuno. Los criterios para la determinación de las ayudas siempre se basarán en la objetividad.

El Patronato podrá designar varias personas que configuren una Junta Rectora que se regirá por el Reglamento que el Patronato apruebe al efecto. Deberá estudiar las solicitudes de ayuda emitiendo los informes correspondientes a fín de que el Patronato pueda decidir adecuadamente.

Nadie puede alegar ni individual ni colectívamente delante de la Fundación ningún derecho o disfrutar de sus beneficios antes de que éstos fueran concedidos ni imponer su atribución a personas determinadas.

SUPERANDO RETOS, GENERANDO OPORTUNIDADES

PATRONATO

La representación, el gobierno y la administración de la Fundación corresponde al Patronato. El cual está facultado para nombrar directores, apoderados o Junta Rectora que podrán pertenecer o no al Patronato. Al nombrarlos determinará las facultades específicas que podrán ejercer, excepto las consideradas indelegables por la legislación vigente.

Entre otras funciones corresponde específicamente al Patronato las siguientes: representar a la Fundación en litigios o en toda clase de actos y contratos ante la Administración o terceros sin excepción.

El Patronato elaborará las normas y los reglamentos cuando se estime procedente. De igual manera debe velar por que se cumpla la finalidad funcional de la Fundación, la realidad de la dotación y el destino a favor de los beneficiarios.

Asi mismo gestionará los bienes de que disponga la Fundación con la máxima eficacia y según las leyes.

CONSTRUYENDO EL FUTURO, CAMBIANDO REALIDADES

PATRONOS

Actualmente el Patronato está formado por:

Narcis Tusell Puigbert
Presidente

Fco. Javier Cañamero Martin
Secretario

Joaquim Grau Inglada
Vocal

Francisco Campo Barrionuevo
Vocal

APOYOS HISTÓRICOS A ENTIDADES

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