Fundación Visión

Fundación visión

   
  Patronato
   
 

La representación, el gobierno y la administración de la Fundación corresponde al Patronato, que está facultado para nombrar directores, apoderados o comités de dirección, que podrán pertenecer o no al Patronato. En cualquier caso, el Patronato al nombrarlos determinará las facultades específicas que podrán ejercer, excepto las consideradas indelegables por la legislación vigente en cada momento.

Entre otras funciones corresponde especialmente al Patronato, las siguientes: Representar a la Fundación en juicio o fuera de él, en toda clase de actos y contratos y delante de las Administraciones y de terceros, sin excepción. Asimismo, elaborar las normas y los reglamentos cuando se estime procedente. De igual manera el Patronato debe velar porque se cumplan la finalidad fundacional, la realidad de la dotación y el destino a favor de  los beneficiarios de los frutos, rentas y los bienes de los que dispone la Fundación.